Reclaman
la inconstitucionalidad del 45
Otra
Cooperativa demandó al COMFER
La
Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Marcos Juárez,
Córdoba, presentó una demanda judicial contra el Estado
nacional con la intención de conseguir que se declare inconstitucional
el articulo 45 de la ley de Radiodifusión.
Con la medida, la institución busca saltear la disposición
que regula el otorgamiento de licencias y excluye a las sociedades sin
fines de lucro.
«Nuestra idea es prestar el servicio de televisión en la
ciudad porque es un pedido que nos hacen desde hace mucho tiempo los vecinos»,
expresó Darío Cano, gerente de la sociedad no comercial.
Además, señaló que los clientes se quejan del elevado
costo de la tarifa que cobra la única compañía de
cable allí instalada, que es de 58 pesos. También aseguró
que algunas entidades brindan la prestación bajo otra razón
social, para que los usuarios paguen hasta un 40 por ciento menos.
Actualmente, la Cooperativa provee agua y telecomunicaciones y aspira
a concretar una inversión “millonaria” en la TV por
suscripción. En este sentido, la idea es crear un fondo económico
del orden de los 10 pesos por socio.
Se trata de un método similar al utilizado en el 2002, cuando lanzaron
el servicio de telefonía.
La Cámara Federal de Córdoba ya reconoció a la Cooperativa
Telefónica de Servicios Públicos y Comunicaciones de Villa
del Totoral Limitada, el derecho a ser titular de licencias de TV por
cable.
La justicia declaró inconstitucional la Resolución 241/2004
del COMFER, que prorrogaba la suspensión de la entrega de ese tipo
de autorizaciones, dispuesta anteriormente por la Resolución 726/
2000, que declaró en “estado de emergencia administrativa
los trámites vinculados a Servicios Complementarios de radiodifusión”.
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