Hasta
ahora solo se evito su reglamentacion
La
polémica “ley espía” sigue husmeando
Si
bien, el presidente Néstor Kirchner suspendió el decreto
reglamentario que establecía que las empresas de telecomunicaciones
debían adquirir la tecnología adecuada para almacenar durante
10 años los datos relacionados a cualquier tipo de comunicación
que establecieran los usuarios de esas firmas, la polémica ley
sigue vigente.
Esto es así ya que las disposiciones de una ley sólo quedan
sin efecto mediante una derogación, a través de la sanción
de otra ley, o su declaración de inconstitucionalidad por la Corte
Suprema de Justicia.
La norma fue justificada porque “se dictó en el marco de
los objetivos tenidos en mira del cuerpo legal (la ley 25.873)”
que, según sentenció el texto divulgado en el Boletín
Oficial, eran “combatir el delito y servir al esquema de seguridad
colectivo de la Nación, mediante la utilización de modernas
herramientas de capacitación y monitoreo de comunicaciones de las
redes públicas y/o privadas de telecomunicaciones, cualquiera sea
su naturaleza, origen o tecnología, en tanto operen en territorio
nacional”.
El Ejecutivo procuraría ahora dictar un nuevo decreto reglamentario
en acuerdo con las compañías de telecomunicaciones y el
Congreso esperaría sus movimientos.
El diputado socialista, Jorge Rivas, presentó un proyecto para
la definitiva derogación del polémico artículo. Mientras
que otros textos intentan aclarar que el Congreso aprobó una norma
referida sólo a las comunicaciones telefónicas, como las
iniciativas de Ritondo, Jorge Vanossi, y los senadores Liliana Negre de
Alonso (PJ-San Luis) y Ricardo Gómez Diez (Partido Renovador-Salta).
La Asociación por los Derechos Civiles (ADC) elaboró un
documento en el que analiza la constitucionalidad de la obligación
de conservar datos relativos a las telecomunicaciones. El texto fue presentado
a Kirchner, al Ministro de Justicia, Horacio Rosatti y otros funcionarios
y recomienda no solo la suspensión de la norma, sino también
su derogación definitiva.
En este sentido, se marcó varios puntos desacertados de la ley,
como la interferencia al derecho a la privacidad de las comunicaciones,
que ninguno de los países que legislaron sobre la materia estableció
un plazo tan extenso de conservación y que el órgano a cargo
de ejecutar las interceptaciones sea la Secretaría de Inteligencia
del Estado (la SIDE).
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