La
carrera de locución podrá ser dictada en las universidades
La
Resolución 687 modificó el actual Régimen de Habilitación
de Locutores y habilitó como potenciales locutores nacionales a
aquellos graduados de carreras ofrecidas por las universidades nacionales,
cuyos planes de estudio coincidan en contenidos y carga horaria con el
Plan de Estudios del Instituto Superior de Enseñanza de Radiodifusión
(ISER).
La disposición pretende “compatibilizar las normas dictadas
en materia de educación superior en general, con las normas que,
de manera especial rigen la radiodifusión”, toda vez que
“la Ley Nº 24.521 de Educación Superior que en su artículo
29 establece que las instituciones universitarias tienen autonomía
académica e institucional que comprende, entre otras, la atribución
de crear carreras universitarias de grado y de posgrado, formular y desarrollar
planes de estudio y otorgar grados académicos y títulos
habilitantes”.
El Régimen de Habilitación de Locutores contempla como aspirantes
a las personas graduadas en Universidades Nacionales o Privadas reconocidas
oficialmente en carreras de Comunicación Social, Ciencias de la
Información o Periodismo, pero deben cumplimentar, entre otros
requisitos, un examen de voz, cursar y aprobar las asignaturas del tercer
año, y aprobar en carácter de libre las asignaturas de primer
y/o segundo año correspondiente al Plan de Estudio de la carrera
dictada por el ISER.
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