--R&TA | POLITICA DE RADIODIFUSION
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Por incumplimiento del horario de proteccion al menor y el caso Dalmasso

Siguen las sanciones del Comfer a los canales de televisión

El Comité Federal de Radiodifusión manifestó -a través de un comunicado- su “preocupación y malestar por la creciente violación a la ley de Radiodifusión por parte de algunos canales de televisión, con su consecuente perjuicio para nuestra sociedad”.
En este sentido, el organismo dictó las resoluciones Nº 783 y 784, a través de las cuales se aplicó la sanción de suspensión de emisión de publicidad a los programas “Los Profesionales de Siempre” de Canal 9 e “Intrusos en el Espectáculo” de Canal 2, por violación al horario de protección al menor.
“En estos casos la sanción se aplicó pero ellos no la cumplieron y ahora interpusieron recursos con el fin de que el Comfer eche atrás la medida o recurrir a la Justicia”, precisó a R&TA el director de Evaluación y Control del Comfer, Claudio de Cousandier.
Asimismo, notificó el inicio de las actuaciones pertinentes para sancionar a los responsables de emitir las imágenes de la escena del crimen del caso Dalmasso. “Todavía no sancionamos, en este momento esperamos que se cumplan los plazos y que hagan su descargo”, continuó el directivo.
Todo comenzó cuando el Noticiero de América puso al aire -también en horario de protección al menor- las fotos del cuerpo violentado de Dalmasso. Las repercusiones y pedidos de sanciones no se hicieron esperar. “Con esta decisión sólo ha alimentado el exhibicionismo y la morbosidad: Esto no tiene ningún valor periodístico para el televidente”, afirmó en esa ocasión el organismo. Por su parte, la Justicia Federal de Río Cuarto hizo lugar al amparo que presentó uno de los abogados de Facundo Macarrón, el hijo de la víctima, para que el Comfer prohíba la difusión de las fotografías.
Durante la actual gestión, iniciada en junio de 2003, se han dictado 1349 actos administrativos aplicando sanciones a distintos medios de radiodifusión por un monto de $ 6.988.000. En la actualidad muchas de estas penalizaciones se encuentran en trámite de ejecución, mientras otras continúan el procedimiento administrativo correspondiente.

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Resolucion 0884

Nueva medida sobre los servicios complementarios

El Comfer resolvió -a través de la resolución 0884 que- aquellos licenciatarios que brindan de manera conjunta el servicio de antena comunitaria y de circuito cerrado de TV, y viceversa, deberán “presentar, dentro del plazo previsto por la resolución N° 1039-Comfer /05 y sus respectivas prórrogas, el certificado de inspección técnica correspondientes la habilitación definitiva…bajo apercibimiento de considerar falta grave la eventual prestación del sistema mixto de televisión sin que haya efectivizado la presentación del referido documento”.
Asimismo, estableció que “los titulares del servicio de antena comunitaria de televisión cuyos cabezales se encuentran instalados dentro del área de cobertura de los servicios de televisión abierta en la banda de VHF o sus repetidoras legalmente autorizadas, y que recepcionen dichas señales de forma gratuita, se encuentran obligados a su inclusión, en sus respectivas grillas”.


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