--R&TA | POLITICA DE RADIODIFUSION
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La autorizo a prestar servicios pese a que existe otro prestador en la zona

La justicia declaró inconstitucional el Artículo 45 y le otorgó la licencia a una cooperativa

El Juzgado Federal Nº 2 de Jujuy hizo lugar a la petición de la Cooperativa Telefónica de Libertador General San Martín, representada por Miguel Julio Rodríguez Villafañe y le permitió acceder a una licencia de radiodifusión, aún cuando ya existe otro prestador en esa localidad.
De esta manera, declaró “nula e inconstitucional a la ley 26.053, que sancionó el nuevo artículo 45 de la Ley 22.285 de Radiodifusión”.
En este artículo se establece que las prestadoras de servicios públicos podrán recibir un permiso “cuando no exista en el área primaria de cobertura, o área de servicio en el caso de servicios complementarios de radiodifusión, otro licenciatario prestando de manera efectiva el servicio solicitado”.
Con fecha el 15 de octubre de 2007, la sentencia del Juez Federal Nº 2 de Jujuy Carlos Olivera Pastor, estableció “la nulidad de la ley 26053 por contrariar las disposiciones del artículo 81 de la Constitución Nacional y todas las demás resoluciones dictadas en su consecuencia y estableció que la cooperativa actora puede participar por si y directamente en el acceso a la adjudicación de licencias de radiodifusión”.
Esto pese a que otro prestador (Teleaudio S.A) se encuentra en al área en la que desea brindar los servicios de radiodifusión la cooperativa.
El Tribunal sostuvo además que la Constitución Nacional, en su art. 81, “prohíbe expresamente que la Cámara de origen introduzca nuevas adiciones o correcciones a las realizadas por la revisora”.
Luego, en el análisis del procedimiento seguido para la sanción de la ley 26.053, se deja constancia en el fallo, que la norma “tuvo su origen en el Senado y que al ser girada a Diputados, que actuó como Cámara revisora, esta última modificó el art. 45, realizando adiciones y correcciones con el voto de más de las 2/3 partes de los diputados presentes”. Entre las adiciones, determinó que las cooperativas de servicios públicos, podían prestar servicios de radiodifusión, aún cuando hubiere otro prestador, después de realizarse “una evaluación integral de la solicitud que contemple el interés de la población”.
Sin embargo, la Cámara iniciadora (Senadores), al tratar por segunda vez el proyecto originario con las modificaciones efectuadas por Diputados, suprimió el párrafo y no insistió en su primitivo proyecto.
De esta manera, según dictaminó el Juez, la Cámara de Senadores, al suprimir el párrafo del proyecto de Diputados violó “la expresa prohibición constitucional contenida en el art. 81”, que no permite a la Cámara de Origen realizar nuevas adiciones o correcciones a las efectuadas por la Cámara Revisora.
La declaración judicial finalmente agrego: “La supresión llevada a cabo no es una cuestión menor, toda vez que actualmente las sociedades sin fines de lucro que presten servicios públicos, en el caso de que haya otra empresa licenciataria brindando el servicio de radiodifusión en el áreas de influencia primaria o complementaria, tienen totalmente vedado el acceso a ser prestadora de ese servicio, sin atender al caso concreto, ni tampoco evaluarse ‘el interés de la población’, aspectos que en el proyecto de la Cámara revisora se contemplaban”.

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En las ciudades de Córdoba, Mendoza y Rosario

Se completó la modernización y homogenización del parque de “People Meters”

Ibope Argentina anunció que concluyó el proceso de homogenización y modernización del parque de “People Meters”, en las ciudades de Córdoba, Mendoza y Rosario.
Anteriormente los paneles de estas ciudades, estaban compuestos por dos tipos de equipos medidores de audiencia, DIB4 y Eurometer, utilizando diferentes plataformas de procesamiento, debiendo mantener las mismas, en forma simultánea.
A partir de este avance tecnológico, se cuenta ahora con un parque de equipos DIB4 exclusivamente, que son desarrollados por el Grupo IBOPE.
Estos equipos permiten medir audiencias de TV, se instala en los hogares seleccionados y recoge la información sobre las personas que miran y los canales que están sintonizados.
Actualmente, DIB4 es la cuarta generación de “People Meters”, cuenta con tecnología Sniffer (rastreadores), que por medio de un sistema que identifica patrones de audio, es capaz de registrar la audiencia de los canales abiertos de TV y de cable de las distintas operadoras actuales.
“Este paso adelante nos permite continuar avanzando hacia nuevos desafíos, en los que estamos trabajando actualmente”, indicó un comunicado.
La ejecución y el cumplimiento de esta etapa se enmarca “en el plan de mejoras continuas en el cual se encuentra abocada la Empresa y que ha significado una importante inversión tanto en recursos como también en materia económica”, continuó.

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