EL PROYECTO DE LEY FUE APROBADO POR DIPUTADOS Y SENADORES
El cable ya no está exento del IVA

Aunque todavía falta la aprobación del Ejecutivo, la aplicación del impuesto al valor agregado al cable ya es una realidad.

Las tratativas y las presentaciones realizadas por las asociaciones que nuclean a los programadores de señales no surtieron el efecto esperado, y tanto Diputados como Senadores aprobó el proyecto de Ley de Reforma Tributaria que aplica una alícuota del 10.5 por ciento a la TV cable y a otras actividades que permanecían exentas de dicho gravamen.

El expediente que contiene el mencionado proyecto (expte. 5-PE-98-OD-581) consta de ochenta y tres folios, nueve títulos, cada uno de los cuales incluye decenas de artículos. En su Título I, art. 1), inciso c3) señala: "Elimínase en el inciso d) del primer párrafo del artículo 5º, la expresión "excluidos los servicios de televisión por cable". Asimismo, modifica el Código Aduanero, Ley 22.415. En su artículo 10 incluye como mercadería "todo objeto que fuera susceptible de ser importado o exportado" así como "a los derechos de autor y derechos de propiedad intelectual", lo que abre la puerta –según opiniones autorizadas- al gravado de las señales en su etapa de transporte.

Sin embargo, todavía nadie se arriesgó a hacer un pronóstico de cómo afectará todo esto a los abonados. Aunque cabe acotar que el porcentaje del IVA a abonar será deducible de la tasa que pagan al COMFER, lo que hace pensar que reducirá el importe.

Todavía hay que esperar

Horacio Guibelalde, presidente de ATVC, se mostró resignado por esta situación en vista de que se habían agotado todas las vías posibles para no llegar a este momento.

"La implementación del IVA ya es una realidad" reconoció. A esto agregó: "Es cierto que esta reforma no es de nuestro paladar, pero debemos reconocer que en sus efectos está morigerado por una tarifa reducida y un COMFER a cuenta".

A la hora de preguntarle cómo va a afectar al suscriptor, el presidente de la Asociación esgrimió: "Con esa norma pensamos que lo que pueda llegar a tener incidencia en el abono va a ser de menor significación, si es que la tiene".

Guibelalde supone que casi no hay posibilidad de que los cables se hagan cargo de este gravamen "porque sabemos que es un impuesto al consumo; lo que ocurre es que las empresas harán una ecuación: si da cero será feliz para todos, pero todavía no se puede saber que es lo que va a pasar" dijo el hombre de La Pampa.

Con respecto a la modificación del Código Aduanero, sostuvo que "esta medida es nueva y es un hecho que internacionalmente casi no tiene antecedentes. Es de suponer que va a afectar a la actividad del cable, pero por el momento no se sabe en qué medida". La situación central es que esta reforma creó el derecho imponible, pero para conocer la tasa que se impondrá hay que esperar a que salga la reglamentación y que se incluya en la nomenclatura aduanera. "De manera que estamos expectantes por esta situación. Aunque creo que este costo debería solventarla quien importa las señales pero hay que ver como repercute todo esto" concluyó Guibelalde.

Por su parte Walter Burzaco –recientemente electo vicepresidente de ATVC- también se mostró expectante por la promulgación del Ejecutivo: "hay que ver si se corrige algo por veto. En caso de ser así, puede resultar peor de lo que se ve venir hasta ahora" dijo Burzaco, el hombre de Cablevisión.

Se refirió también a la reforma del Código Aduanero: "esta reglamentación contradice acuerdos internacionales aprobados por el Congreso, con carácter de Ley, así como convenios celebrados con el GATT".

De todas formas, el Ejecutivo es quien tiene la última palabra. Y según su definición, los operadores deberán ponerse de acuerdo en quién y cómo absorberá el gravamen en cuestión.

Otros puntos

Entre otros puntos incluidos en el proyecto de ley, que pueden resultar de interés para el sector se destacan los siguientes:

-"Déjase establecido que las empresas prestadoras de los servicios de radiodifusión y servicios complementarios comprendidos en la ley 22.285, así como los editores de los medios de prensa escrita, no podrán ser alcanzados por nuevos gravámenes provinciales y municipales".

- Estarán exentas "las estaciones de radiodifusión sonora previstas en la ley 22.285 que , conforme los parámetros técnicos fijados por la autoridad de aplicación , tengan autorizadas emisiones con una potencia máxima de hasta 5 Kw. Quedan comprendidas asimismo en la exención aquellas estaciones de radiodifusión sonora que se encuentren alcanzadas por la resolución 1805/64 de la Secretaría de Comunicaciones".