COMO LLEGAR A UNA LICENCIA DE FM
Una recorrida por la Resolución 16/99

La Resolución 16/99, surgida del Comité Federal de Radiodifusión, abre las puertas para la normalización del espectro de las emisoras de radiodifusión de frecuencia modulada una vez aprobado el Plan Técnico Básico Nacional correspondiente.

La mencionada resolución (se publica en un suplemento con esta edición) prevee las condiciones para la adjudicación de licencias de categorías A, B, C, D, E, F y G por concurso público o adjudicación directa, según corresponda en cada caso.

Cabe recordar que la Potencia Radiada Efectiva mínima y máxima (en kilowatts) de cada una de ellas es: 40-110 para la categoría A, 20-40 para la B, 4-20 para la C, 1-4 corresponden a la D, 0.3-1 a la E, 0.05-0.3 para la categoría F y 0.01-0.05 para la G.

Para que nuestros lectores tengan una primera -pero jugosa- aproximación a la normativa, a continuación publicamos un punteo con los ítems más relevantes:

Generalidades

· Las licencias de las FM de categorías A, B, C y D serán adjudicadas por Concurso Público.

· Las licencias para las FM de categorías E, F y G se basarán en el régimen de adjudicación directa.

· Al momento de presentarse como solicitante de una licencia de FM se deberán presentar dos escritos con las siguientes características:

a)uno dirigido al Comité Federal de Radiodifusión, en el que se indicará expresamente que el/los solicitante/s desisten, de manera total e incondicional, de todos los recursos, administrativos y/o judiciales, que se hubieren interpuesto contra las disposiciones legales y reglamentarias para el servicio en cuestión; como así también contra cualquier acto administrativo emitido por el Comité Federal de Radiodifusión y/o la Comisión Nacional de Comunicaciones;

b)copia del escrito, con cargo de recepción en original, presentado por ante el Juzgado que correspondiese, en el que se limitará el ejercicio de los derechos concedidos por las decisiones, cautelares o definitivas, contempladas en el último párrafo del artículo 4º del decreto Nº1144/96, modificado por el artículo 3º de su similar Nº310/98, al momento de la notificación del acto administrativo que resuelva la petición ("El Comité Federal de Radiodifusión remitirá a la Comisión Nacional de Comunicaciones la nómina de emisoras que se encuentren operativas y utilicen una determinada frecuencia en virtud de decisiones judiciales firmes, sean cautelares o definitivas").

· Los valores de los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares para la adjudicación de licencias de FM:

 

a)Categoría A: $40.000

b)Categoría B: $30.000

c)Categoría C: $20.000

d)Categoría D: $10.000

e)Categorías E, F y G: $2.500.

 

Para el caso de las localidades cuya población no supere los tres mil habitantes (según censo del año 1991) o se encuentren dentro del área de frontera, el valor de los Pliegos será de $ 500.

· Las presentaciones a fin de cumplimentar los requisitos impuestos por la Resolución deberán realizarse a partir del 28 de marzo, respetando el siguiente cronograma:

a) Para las provincias de San Juan, Mendoza, La Pampa, La Rioja, Córdoba, Santa Cruz, Chubut y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur: entre el 28 de marzo y el 8 de abril.

b) Para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la provincia de Buenos Aires: entre el 9 y el 29 de abril.

c) Para las provincias de Formosa, Chaco, Santiago del Estero, Tucumán, Santa Fe, Misiones, Corrientes y Entre Ríos: entre el 30 de abril y el 8 de mayo.

d) Para las provincias de Salta, Jujuy, Catamarca, San Luis, Neuquén y Río Negro: entre el 9 y el 14 de mayo.

Sobre el patrimonio

· Para todas las categorías, se deberá acreditar la capacidad patrimonial suficiente, lo que significa que se deberá duplicar el monto total que los aspirantes a radiodifusores se comprometen a aportar en calidad de inversión.

El aspecto cultural

· Los oferentes de todas las categorías deberán presentar una propuesta de programación que responda a las características socio-culturales del área estimada de servicio, indicando el lapso durante el cual se mantendrá en el aire la mencionada propuesta. Se deberán detallar las características sociológicas, el argumento y tipo de producción de la programación semanal y los detalles de la propuesta comunicacional.

Sobre el concurso

A tener en cuenta para la presentación de la solicitud para licencias de emisoras categorías A, B, C, y D:

· El concurso tendrá por objeto la adjudicación de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, cuyas particularidades estarán determinadas en la "Planilla de Características Específicas" anexada al Pliego.

· El Pliego de Bases y Condiciones para el concurso de licencias se deberá retirar en el Comité Federal de Radiodifusión, en Paseo Colón 315, Piso 1º (Buenos Aires) de 9.00 a 18.00 ó en los centros COMFER del interior del país.

· Las propuestas deberán presentarse en 3 carpetas individualizadas como original, y en la que se detallarán los siguientes aspectos: Personal y Patrimonial, Cultural y Técnica. Además se adjuntarán cinco ejemplares que serán copia fiel del original.

· Las propuestas deberán ser presentadas en un paquete cerrado y lacrado, con la inscripción "Concurso Público de la Estación de Radiodifusión Sonora por Modulación de Frecuencia" identificando el concurso de que se trate, en la sede del COMFER de Buenos Aires.

· Los oferentes deberán constituir unagarantía de mantenimiento de oferta de $ 50.000.-, los que se convertirán en depósito de garantía de cumplimiento de obligaciones emergentes de la adjudicación para aquellos que obtengan la licencia. Dicho monto deberá adecuarse hasta cubrir el 30 por ciento del total estipulado como inversión a realizarse.

· El depósito de garantía de mantenimiento de oferta será devuelto por el COMFER a quienes no resulten adjudicatarios dentro de los 15 días corridos contados a partir de la fecha de publicación de la resolución de adjudicación de la licencia.

· Para formular las impugnaciones se deberá constituir una garantía cuyo importe deberá ser equivalente a dos veces el valor del Pliego adquirido; el depósito deberá ser en efectivo.

· Se producirá la pérdida del depósito de garantía de mantenimiento de oferta cuando el oferente no mantenga su oferta hasta la publicación de la resolución que resuelva el concurso.

· Podrán ser oferentes una persona física o una sociedad comercial regularmente constituida o en formación y que se ajuste a la Ley de Sociedades Nº19.550 y su similar Nº22.285 y sus modificatorias.

· Algunos de los requisitos y aspectos exigidos para seleccionar las ofertas presentadas son:

a) calidad moral e idoneidad cultural y profesional acreditadas ambas por una trayectoria que pueda ser objetivamente comprobada;

b) capacidad patrimonial acorde con la inversión a efectuar y demostración del origen de los fondos;

c) proyectos de inversión ofrecido con ajuste a lo previsto por el artículo 23 del Pliego;

d) proyecto cultural y de programación tipo, con ajuste a lo previsto en el artículo 24 del Pliego.

Requisitos técnicos

· El profesional actuante será responsable de asegurar que no se excedan los límites correspondientes a la categoría asignada.

· El anteproyecto técnico deberá estar firmado por un profesional de la ingeniería y adjuntar el correspondiente Certificado de Encomienda.

· Detallar marca, modelo y número de homologación del equipo transmisor.

· Dentro de los 120 días posteriores a la adjudicación de la licencia se deberá adjuntar documentación complementaria: en casos específicos la CNC podrá solicitar información técnica adicional para asegurar las condiciones adecuadas de funcionamiento de la emisora.

Obligaciones

· Las obligaciones a las que estarán comprometidos quienes resulten adjudicatarios de las licencias son:

a) Constituir, dentro de las 48 horas de publicada la resolución de adjudicación, la garantía de cumplimiento de contrato.

b) Constituir la sociedad, en el caso de tratarse de sociedades en formación, dentro de los 180 días corridos de publicada la resolución de adjudicación, debiendo elevarse al COMFER copia de la documentación probatoria de ello, debidamente certificada.

c) Presentar al COMFER, dentro de los 120 días corridos de publicada la resolución de adjudicación, el proyecto con la documentación exigida.

d) La estación deberá ser instalada y en condiciones de funcionar acorde con el proyecto aprobado, previo al plazo límite establecido por el artículo 4º del Decreto Nº2/99.

e) El adjudicatario, dentro de los 30 días posteriores a la puesta en funcionamiento de la estación, deberá solicitar la correspondiente inspección técnica definitiva al COMFER, a efectos de obtener la habilitación contemplada en el artículo 26 de la Ley Nº 22.285. El incumplimiento de este artículo producirá de pleno derecho la caducidad de la licencia.

Sobre la adjudicación directa

A tener en cuenta para la presentación de la solicitud para licencias de emisoras categorías E, F, y G:

· El Pliego de Bases y Condiciones tiene por objeto establecer los requisitos y condiciones a cumplimentar para la adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia de categorías E, F, y G.

· Se podrá retirar el Pliego en el COMFER, en Paseo Colón 315 – 1 piso, Buenos Aires, de 9.00 a 18.00 horas ó en los centros COMFER del interior del país en el horario que éstos establezcan.

· La presentación de la documentación tendiente a posibilitar la adjudicación directa de la licencia, deberá efectuarse en 3 carpetas individualizadas como Original: Personal y Patrimonial, Cultural y Técnica, adjuntando además UN (1) ejemplar que será copia fiel del original certificada por Escribano Público, individualizándolo como Duplicado.

· Los peticionantes deberán constituir una garantía inicial, cuyo importe deberá ser de $8.000. Dicho monto deberá adecuarse hasta cubrir el 30 por ciento del total estipulado como inversión a realizarse de resultar el oferente adjudicatario de una licencia.

· Se producirá la pérdida del depósito de garantía inicial, cuando el solicitante no mantenga las condiciones y requisitos establecidos legalmente hasta la publicación del acto administrativo que resuelva la petición efectuada.

· El depósito de garantía inicial será devuelto por el COMFER a quienes no resulten adjudicatarios, dentro de los 15 días corridos, contados a partir de la fecha de publicación del acto administrativo que resuelva negativamente la correspondiente adjudicación directa.

· Para quien resulte adjudicatario, el depósito de garantía inicial se transformará en depósito de garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la resolución de adjudicación.

· Podrán presentarse a solicitar una licencia para una estación de FM toda persona física o sociedad comercial regularmente constituida o en formación que se ajuste a la Ley de Sociedades Nº 19.550 y su similar Nº22.285 y sus modificatorias.

· Los peticionantes deberán consignar en su presentación el importe total que se comprometen a aportar para hacer frente a la inversión, detallando la forma en que se efectuarán los aportes hasta integrar el total comprometido.

· Deberán adjuntar, además, un resumen valorizado por ítems, que comprenderá el equipamiento que deberá tener la estación, obra de montaje e instalación, metros cuadrados destinados para su funcionamiento, demás obras de arquitectura, material operativo y equipamiento mobiliario.

Requisitos técnicos

· Se deberá detallar marca, modelo y número de homologación en caso de contar con el mismo. De no estar homologado, y de tratarse de un equipo existente, se deberá enviar detalle de sus especificaciones técnicas, con un plazo de 2 años para su homologación. De tratarse de un equipo nuevo, deberá homologarse ante la CNC.

· El proyecto definitivo deberá estar firmado por un profesional de la ingeniería y adjuntar el correspondiente Certificado de Encomienda.

Obligaciones II

Las obligaciones a las que estarán comprometidos quienes resulten adjudicatarios de las licencias son:

· Constituir, dentro de las 48 horas de publicada la resolución de adjudicación, la garantía de cumplimiento de contrato establecida por el artículo 9 del Pliego.

· Constituir la sociedad, en el caso de tratarse de sociedades de formación, dentro de los 180 días corridos de publicada la resolución de adjudicación, debiendo elevarse al COMFER, dentro del plazo mencionado, copia de la documentación probatoria de ello, debidamente certificada.

· Presentar al COMFER, dentro de los 120 días corridos de publicada la resolución de adjudicación, el proyecto con la documentación exigida.

· La estación deberá estar instalada y en condiciones de funcionar acorde con el proyecto aprobado, previo al plazo límite establecido por el artículo 4 del Decreto Nº2/99.

· El adjudicatario, dentro de los 30 días posteriores a la puesta en funcionamiento de la estación, deberá solicitar la correspondiente inspección técnica definitiva al COMFER, a efectos de obtener la habilitación contemplada en el artículo 26 de la Ley Nº22.285.