Radios comerciales contra las comunitarias

Los grupos de medios de comunicación masivos privados de Paraguay, APRAP (Asociación paraguaya de radio y televisión) y APRI (Asociación paraguaya de radiodifusión del interior) dieron a conocer su postura respecto de una supuesta campaña en su contra que, según engloban, estaría en manos de radios ilegales y comunitarias. Este es el texto completo de la segunda resolución que las agrupaciones realizaron en lo que va del año:

Visto: La campaña tendenciosa y mal intencionada desatada por propietarios y dirigentes de radios ilegales o piratas que se autodenominan “COMUNITARIAS”, transgresores de la constitución Nacional y la Ley Nº 642/95 de Telecomunicaciones, por autoasignarse frecuencias a su antojo y utilizar el espectro radioeléctrico sin Licencias ni autorización alguna constituyendo una amenaza a la seguridad pública y a la defensa nacional por una parte y una competencia desleal a las emisoras legitimas habilitadas. Considerando: Que las estaciones de la radio nucleadas en la APRAP y la APRI tienen una tradición de muchos años de estar al servicio del pueblo paraguayo y siempre ha trabajado por los ideales de paz, fraternidad, solidaridad y justicia dentro de los principios democráticos que rigen los destinos de los pueblos libres y soberanos. Que, la CONATEL ha realizado un llamado a Licitación Publica para 110 emisoras distribuidoras en Asunción y en mas de 16 localidades del interior, cumpliendo lo establecido en la Ley de Telecomunicaciones y la Resolución Nº141/98 “Por la cual se aprueba el Reglamento del Servicio de Radiodifusión sonora de pequeña y mediana cobertura-Radios Comunitarias-”. Esto ha motivado la inoportuna y descabellada reacción de quienes deberían ser los primeros en tratar de “ajustarse” a las normas establecidas, precisamente por su actual condición de Estación de Radio “Clandestina” o “Pirata” y acceder de esta forma al uso legal del Espectro Radioeléctrico. Que, las Radios Comunitarias como su  nombre lo dice son para comunidades pequeñas, barrios, universidades ,capillas, etc., con personería jurídica reconocida y sin fines de lucro. Por ello es que se le asignan baja potencia y la misma Ley de Telecomunicaciones le denomina como “Servicio de Radiodifusión de pequeña y mediana Cobertura”. En los Estados Unidos se les permite hasta 20 vatios de potencia, en Brasil 25 vatios, en Japón 10 vatios, en Chile sólo hasta 1 vatio de potencia y en algunos países como Uruguay están prohibidas por ley . Sin embargo en nuestro país están trabajando impunemente hasta con 2.500 vatios de potencia y lo quieren seguir haciendo. Que, la mayoría de las emisoras piratas están dirigidas por extranjeros que fueron acogidos en nuestro hospitalario país como otros tantos buenos inmigrantes, pero en la práctica demuestran ser “falsos profetas o lobos vestidos de cordero” que utilizan micrófonos y grabaciones montadas para engañar a la opinión pública, para incitar a la ocupación de propiedades privadas, para desobedecer la ley electoral, para infringir la ley de telecomunicaciones, desconocer la investidura de las autoridades nacionales y en algunos casos hasta burlándose de ellas. Es evidente que éstos no tienen la más mínima intención de encuadrarse a las normas establecidas para las Radios Comunitarias. Claro, ellos quieren el privilegio de salir al aire con potencia similar a una radio comercial y hasta vender avisos publicitarios, pero, liberado de impuestos y utilizando las frecuencias a su “libre arbitrio” bajo el rótulo de Radios Comunitarias por considerar al “espectro radioeléctrico” como patrimonio universal, lo cual es verdad; pero que particularmente es un bien del dominio público del Estado paraguayo, consagrado en nuestra Constitución Nacional  y el ordenamiento jurídico que hacen a la República. Por tanto, los consejos directivos de la APRAP y de la APRI, Resuelven: 1. Rechazar, la campaña tendenciosa y mal intencionada orquestada por propietarios y dirigentes de las Radios ilegales o piratas, mal llamadas Comunitarias, contra el cumplimiento irrestricto de las normas reglamentarias, la incitación a la ocupación de la propiedad privada, al desconocimiento deliberado del dominio público del Estado y a la investidura de las autoridades nacionales. 2.- Acompañar a la Conatel con todos los medios legales el cierre integro y definitivo de las emisoras “clandestinas”, “piratas” o “Comunitarias que se hallan en pleno funcionamiento en territorio de la República”. 3.-Exigir a la Conatel la no modificación en modo alguno del llamado a Licitación Pública  Nº 2/2000 para la concesión de Licencias del Servicio de Radiodifusión Sonora de Pequeña y Mediana Cobertura con Modulación en Frecuencia (FM) de la banda de 88 a 108 MHZ.(radios comunitarias). 4.-Instar al Ministerio del interior a dar estricto cumplimiento a la Ley de Migraciones en lo referente a las personas involucradas en las supuestas emisoras comunitarias, en salvaguarda de la seguridad y defensa nacional. 5.-Denunciar estos hechos ante el Ministerio Público y remitir los antecedentes a la Asociación internacional de radiodifusión (AIR) a fin de sentar precedente y expedirse al respecto. Hector Botino (Presidente APR), Alcides Riveros (Presidente APRAP). Arq. Carmelo Rugilo Sosa (Secretario APRI),  Lic. Bernardino Hugo (Secretario APRAP).