Recomiendan controlar la instalación de antenas
El defensor del Pueblo, Eduardo Mondino, pidió que se cumpla con la normativa vigente donde se dispone la distancia que debe separar a la antena de la población. Creen que podrían causar traumas en la salud.
El defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, le
pidió a la Secretaría de Comunicaciones que busque la manera de controlar la
instalación de antenas emisoras de radiofrecuencia o microondas para evitar
posibles traumas en la salud de la población.
En un escrito enviado al organismo, la defensoría
recomendó la adopción de las medidas necesarias antes de que se coloque una
antena y “se evalúe la inocuidad de las mismas hacia la población afectada”.
La iniciativa fue a solicitud de una ciudadana que exigió
la intervención del ombudsman nacional ante el emplazamiento de una estructura
de transmisión en el edificio que habita, “no sólo por los trastornos visuales
que causa, sino porque puede llegar a poner en peligro su salud”. Pero también
recibieron quejas por parte de organismo provinciales e intendencias
municipales.
En realidad, ya existe una disposición del Ministerio de
Salud sobre el tema. Pero ante la aparente falta de control, ahora se busca
mayores especificaciones de acuerdo con los procedimientos establecidos en la
resolución de esa cartera, dictada en 1995.
“En ese decreto –dice el informe de Mondino- se fijan
valores máximos permisibles expresados en densidad de potencia, tanto para el
personal ocupacionalmente expuesto, como para la población próxima a dichas
fuentes emisoras de Radiofrecuencias y Microondas”. Además, tiene como anexo un
Manual de Estándares de seguridad para la exposición a radiofrecuencias
comprendidas en 100 Khz y 300 Ghz.
Según algunas investigaciones, no se recomiendan las
instalaciones a menos de 100 metros de lugares públicos como plazas, paseos,
escuelas y hospitales, ya que especialmente las radiaciones afectarían más a
los chicos que a los adultos.
Falta de definiciones
Una de las respuestas que le dieron al Defensor del Pueblo
de la Nación de parte de la Dirección de Registro y Fiscalización de Recursos
de la Salud del ministerio fue que “no pueden fijarse distancias de seguridad
en derredor de antenas de radio y televisión, dentro de una zona urbana en
forma estandarizada”.
Al parecer, se podrían realizar “en cada caso particular,
previo a la autorización de funcionamiento por parte de la autoridad competente
(la CNC), donde debería garantizarse en el proyecto de instalación a aprobar
que se cumplen los valores máximos permisibles de intensidad, de campos
elctromagnéticos para la población general” contemplados en la resolución
aludida.
Sin embargo, cuando la Defensoría le preguntó a la CNC por
el cumplimiento de la resolución, el ente contestó que carecía “por el momento
de los datos técnicos que permitan responder a los solicitado”.
Ante este escenario, Mondino destacó que “pese a la
existencia de normativa al respecto, no se analiza, previo a la instalación de
antenas, si estas son compatibles con los estándares de seguridad de la
resolución del registro del Ministerio de Salud de la Nación”.
Otra resolución de la Secretaría de Comunicaciones, de
diciembre de 2000, establece que es posible fijar distancias, pero la evaluación
debe ser hecha en cada caso en particular, teniendo en cuenta el tipo de
emisiones de la antena, características de la población circundante, la
relación con otras antenas que estén en la zona y demás circunstancias
vinculadas.
Por último, se informó que la mayoría de la
municipalidades del país (que deben autorizar la instalación de las antenas, en
lo que hace a la ingeniería civil) no cuentan con los medios necesarios para
también evaluar el cumplimiento de las exigencias de la normativa.