Exclusivo: Radiodifusión

 

MAS DEL INFORME DE LA SIGEN POR LAS TRANSFERENCIAS DE LICENCIAS

 

"HALLAZGOS": ..."1. Los aportes irrevocables efectuados el día 23/7/98 por ATLANTIDA COMUNICACIONES y Federico José Zorraquín a la CIA SANTA FE S.A. por $ 25.000.000.-, en tanto, en la misma fecha, conforme surge del Acta de Directorio de la citada sociedad, se realizan compras de acciones de otras empresas por $ 73.306.134.- Al respecto, cabe  consignar que CIA SANTA FE S.A. se constituyó en fecha 2/7/98 con un capital inicial de $ 12.000.- 2. En fecha 23/7/98 EDITORIAL ATLANTIDA S.A. y ATLANTIDA COMUNICACIONES S.A. realizaron aportes irrevocables por $ 13.135.924.- a la CIA INVERSORA DEL  INTERIOR S.A., en tanto en idéntica fecha se adquieren acciones de otras firmas por $ 33.413.402.- Esta empresa se constituyó el día 2/7/98 con  un capital inicial de $ 12.000.- 3. El día 26/3/98, las  firmas SYROUP TRADE S.A., SOUTHL EQUITY CORPORATION

y TELEFONICA INTERNACIONAL DE ESPAÑA efectúan un aumento de capital de ATLANTIDA COMUNICACIONES por un valor  de $ 216.070.570.- Esta firma recibe otro aporte de capital en fecha 23/7/98 por $ 60.000.000.- por parte de TELEFONICA MEDIA ARGENTINA S.A., SOUTHL CORPORATION Y AMBIT S.A. A lo largo de todo el proceso de operaciones y cambios societarios, conforme surge de los balances obrantes en los dos expedientes analizados, los aportes irrevocables representan un valor aproximado de $ 400.000.000.- (período marzo 1998/diciembre 1998). La ausencia de un plazo legal mínimo para el ejercicio del derecho de transferir la titularidad de las licencias de radiodifusión da  lugar a que el particular que gana un concurso de antecedentes, en función del cumplimiento de los recaudos exigidos por la Ley 22.285, que conlleva un profundo análisis por parte del COMFER, una vez adjudicada, al día siguiente podría enajenar la titularidad de la licencia a  otro particular, que de haber concursado, habría sido desplazado por otros  oferentes. Tal falencia normativa, desnaturaliza toda la  función  del  Estado  en  lo que atañe a la selección y adjudicación de los medios de comunicación radial y televisiva..."

 

"...De las constancias  obrantes en los expedientes objeto de revisión, no surge acreditado el cumplimiento a los límites a la multiplicidad de licencias establecido en el art.43 de la Ley N° 22.285, como así tampoco, actividad administrativa alguna del COMFER tendiente a analizar la situación emergente de la titularidad de las licencias  de las personas físicas  y jurídicas que,  como consecuencia de las sucesivas transferencias operadas, integran las sociedades presentantes. Al respecto cabe poner de relieve  lo manifestado por la apoderada de las firmas...en cuanto a la composición accionaria de ATLATIDA COMUNICACIONES S.A. integrada en un 40% por AMBIT S.A. (Hammell Corp., Caldwell Trading Corp.,  Mabel Vigil de Zorraquín, etc.); en un 30% TELEFONICA MEDIA DE ARGENTINA S.A. (Telefónica Internacional S.A.). Cabe poner de relieve que CEI CITICORP HOLDING S.A. y TELEFONICA INTERNACIONAL S.A. son titulares, cada una, del 20% de las acciones de TORNEOS Y COMPETENCIAS S.A., sociedad que, a su vez, posee el 50% de las acciones de la sociedad que, a su vez, es el accionante controlante de TELEARTE S.A., titular de la licencia de CANAL 9 de la Ciudad de Buenos Aires; y CITICORP HOLDING S.A. y TELEFONICA  INTERNACIONAL S.A. resultan propietarias indirectas cada una, del 30% de ATLANTIDA COMUNICACIONES S.A. sociedad que, a su vez, es propietaria del 97,07% del capital de EDITORIAL ATLANTIDA S.A., firma que, además es propietaria indirecta del 70% de las acciones de TELEVISION FEDERAL S.A.,, titular de la licencia de CANAL 11 de la Ciudad de Buenos Aires..."

 

"Atento a la posible existencia de hechos con  presuntas derivaciones de orden tributario y en razón de la  presencia de actos jurídicos que entrañan  interrogantes sobre el origen de los fondos de las personas jurídicas que celebraron los contratos obrantes en los expedientes analizados, deberá ponerse el  presente en conocimiento de la UNIDAD DE FISCALES PARA LA INVESTIGACION DE DELITOS TRIBUTARIOS Y CONTRABANDO (UFITCO)..."