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Esperan tratarlo a fines de octubre

Se discutirá en Diputados un proyecto para reemplazar al artículo 45

Es la primera vez, desde 1983, que llega al recinto un plan para modificar la ley de Radiodifusión. Se trata de tres dictámenes; dos de ellos se ocupan de las licencias y coinciden en que las cooperativas no tendrán inhibición alguna para acceder a los servicios de radiodifusión; y el tercero elimina el tono autoritario de la norma sancionada en la dictadura.

La Cámara de Diputados se prepara para discutir la reforma del artículo 45 de la Ley 22.285, que regula la adjudicación de los permisos para brindar radiodifusión. Si bien hay dos propuestas distintas, ambas quitan la prohibición para las sociedades sin fines de lucro de convertirse en prestadoras de estos servicios.
Además de la sustitución de esta batallada norma, la Comisión de Comunicaciones e Informática, presidida por Osvaldo Nemirovsci, elevó otro dictamen para derogar los artículos 7 y 72, y cambiar la letra del 96, todos ellos destinados a preservar “la seguridad nacional”, de acuerdo a como la entendía el último Gobierno militar.

De poderosos e indefensos

El dictamen en mayoría es impulsado por el justicialismo, gran parte de Convergencia y del ARI, entre otros; y el de minoría es sostenido por fuerzas como Recrear, la UCR, Izquierda Unida y Fuerza Republicana, (ambos pueden descargarse en www.rt-a.com). Entre sus discrepancias, las más sensibles estuvieron relacionadas con las asociaciones sin fines de lucro. Si bien ambos habilitan a cualquier persona jurídica a ser titular de licencia para brindar servicios de radiodifusión -algo expresamente prohibido por la actual ley 22.285-, la decisión en mayoría pretende impedir que las empresas prestadoras de servicios públicos, también lo sean de radiodifusión. Excepto que sean cooperativas. La salvedad pretende dejar fuera a las grandes firmas de capital extranjero, como Edenor, Edesur, Telefónica o Telecom porque, de acuerdo a los legisladores que avalan esta postura, complicaría la llegada de nuevos actores.
Sin embargo, los diagnósticos vuelven a coincidir con relación a los requerimientos que habría que solicitarle a aquellas entidades que también ofrezcan servicios públicos, como: llevar la contabilidad y la facturación por separado, no incurrir en prácticas anticompetitivas (subsidios cruzados) y permitir a sus competidores el acceso a sus infraestructuras.
Otro punto polémico es el relacionado con los requisitos que se les pedirán a las sociedades sin fines de lucro para ingresar en el mercado. El dictamen en mayoría establece que, si se presentan en una localidad donde no haya otro prestador se le otorgará el permiso una vez cumplidas las obligaciones legales; pero si existe otra firma que efectivamente preste servicios en la misma zona, el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) hará una análisis del escenario “que contemple la situación particular del mercado atendiendo el interés de los usuarios y clientes”. En estos casos también deberá observarse las posiciones dominantes que pudieran tener las sociedades no comerciales.
En cambio, el segundo diagnóstico no hace hincapié en las pautas para otorgar la licencia, sino que fija limitaciones; o sea, una vez proporcionadas las mismas. Pero de acuerdo a sus detractores, esta concepción dejaría en una situación de vulnerabilidad por ejemplo a las pymes, que se verían inmediatamente en inferioridad de condiciones frente a sus predecesoras, que las aventajarían en equipos y cableado.

Vuelta atrás con un apartado

El inciso a) del artículo 1°, que había sido aceptado en el dictamen en minoría, fue retirado de la versión final que se presentará en el debate. Durante los días posteriores, se llegó a la conclusión que su implementación era prácticamente imposible.
El texto obligaba a las cooperativas a duplicar su propia infraestructura, para funcionar legalmente, pues expresaba que, en caso de que el licenciatario fuera además prestador de una prestación en la misma área, ambos debían operar con redes separadas “mientras no se reglamente la convergencia de servicios de radiodifusión con otros servicios públicos”. Por eso el párrafo fue retirado, pues no permitía por ejemplo, que las compañías que quisieran ofrecer servicio de cable dispongan de su propio tendido.
Pero más allá de las diferencias entre ambos dictámenes, una fuente de diputados que presenció las discusiones, comentó que en el fondo, las incompatibilidades no son ideológicas, sino políticas. Es decir que son usados como forma de presión.
En este sentido, es posible que las discrepancias desaparezcan en los próximos días, e incluso arriesgan al 27 de octubre como fecha tentativa para tratar el proyecto en el recinto. Tampoco se descarta que algunos legisladores “se cambien de bando” en el momento en que se lo trate en la Cámara Baja y es posible que se incluyan propuestas que no formaron parte de los dictámenes, como modificar la redacción para acentuar el bien común como criterio a ser considerado por el COMFER.
Así se estaría en condiciones de obtener los dos tercios necesarios para enviar el texto a la Cámara de Senadores. Allí, el bloque oficialista asegura que las conversaciones están avanzadas y que existe la intención de facilitar su tratamiento. Y la misma suerte correría en el Ejecutivo.
Con todo, la expectativa es que en el transcurso de este año la propuesta se convierte en ley.
Pero no todos los sectores se muestran tan confiados.
La Federación Argentina de Radiodifusores (FARA) expresó su preocupación, en una carta dirigida a los legisladores, firmada por Fernando Brondo y José Murad, presidente y secretario de la institución: “Mientras la Comisión de Comunicaciones e Informática de la Cámara de Diputados, avanza con la redacción del nuevo 45, en la de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión de Senadores, ha tenido dictamen favorable el proyecto de ley ´expediente Nº 106/04, Jenefes y otros´, que pretende convertir en delito de tipo penal la emisión no autorizada y, en consecuencia, reprimir con penas de hasta un año de prisión a todos aquellos que no cuenten con autorización legal”.
Como sea, es la primera vez que Diputados está en condiciones de tratar un proyecto de ley de Radiodifusión bajo un régimen de Gobierno libre. El resto de las enmiendas o cambios que sufrió la reglamentación, sancionada en 1980, fueron concretadas a través de decretos.
Pero esta vez, pareciera que la presión de la comunidad, que hace tiempo reclaman una norma en democracia y la decisión de la clase política empiezan a resolver la cuestión.
En los últimos meses, las Comisiones de Comunicaciones e Informática y de Libertad de Expresión recibieron y escucharon los reclamos de representantes de diferentes sectores, quienes llevaron sus pretensiones; y en septiembre, un grupo de organizaciones y profesionales vinculados con los medios de comunicación presentaron en la Casa Rosada 21 principios (firmados por más de 1200 personas, organismos de derechos humanos y asociaciones ligadas a la radiodifusión, entre otros) para ser atendidos por los legisladores. En esa oportunidad, Oscar Parrilli, secretario General de la Presidencia, reconoció que la ausencia de esta norma “era una deuda“ con la sociedad.

Con el lenguaje de la dictadura

El tercer dictamen, aprobado por unanimidad y casi sin disidencias, se refiere a los artículos 7, 72 y 96, cuyo proyecto principal pertenece al diputado Miguel Bonasso. Todos ellos tienen en común una impronta autoritaria, que se desprende de la denominada “Doctrina de Seguridad Nacional” confeccionada por el Gobierno de facto, que ahora se aspira a desterrar.
En los casos del artículo 7 y 72, referidos a la difusión de noticias conectadas con la seguridad interior, se plantea su definitiva derogación.
En lo que concierne al 96, proponen su transformación. Hasta ahora se leía: “El Comité Federal de Radiodifusión será un organismo autárquico, con dependencia del Poder Ejecutivo Nacional. Su conducción será ejercida por un directorio formado por un presidente y seis vocales designados por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta del organismo que representan”.
La intención es hacer que la máxima autoridad del organismo de control siga siendo elegida por el propio Ejecutivo Nacional; pero que tres vocales sean designados por la Cámara de Diputados y la otra mitad por el Senado.
Finalmente, se espera que en el pleno de comisiones se apruebe el proyecto de ley de creación del Sistema Nacional de Medios Públicos, denominado Radio y Televisión Argentina (RTA).
De esta manera, de acuerdo al razonamiento de los legisladores que lo impulsan, si a la sanción de los dictámenes se le suma la formación de RTA, el camino quedará allanado para avanzar en el 2005, sobre una nueva ley de Radiodifusión en democracia.


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