Esperan
tratarlo a fines de octubre
Se
discutirá en Diputados un proyecto para reemplazar al artículo
45
Es
la primera vez, desde 1983, que llega al recinto un plan para modificar
la ley de Radiodifusión. Se trata de tres dictámenes; dos
de ellos se ocupan de las licencias y coinciden en que las cooperativas
no tendrán inhibición alguna para acceder a los servicios
de radiodifusión; y el tercero elimina el tono autoritario de la
norma sancionada en la dictadura.
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La
Cámara de Diputados se prepara para discutir la reforma del artículo
45 de la Ley 22.285, que regula la adjudicación de los permisos
para brindar radiodifusión. Si bien hay dos propuestas distintas,
ambas quitan la prohibición para las sociedades sin fines de lucro
de convertirse en prestadoras de estos servicios.
Además de la sustitución de esta batallada norma, la Comisión
de Comunicaciones e Informática, presidida por Osvaldo Nemirovsci,
elevó otro dictamen para derogar los artículos 7 y 72, y
cambiar la letra del 96, todos ellos destinados a preservar “la
seguridad nacional”, de acuerdo a como la entendía el último
Gobierno militar.
De
poderosos e indefensos
El dictamen
en mayoría es impulsado por el justicialismo, gran parte de Convergencia
y del ARI, entre otros; y el de minoría es sostenido por fuerzas
como Recrear, la UCR, Izquierda Unida y Fuerza Republicana, (ambos pueden
descargarse en www.rt-a.com). Entre sus discrepancias, las más
sensibles estuvieron relacionadas con las asociaciones sin fines de lucro.
Si bien ambos habilitan a cualquier persona jurídica a ser titular
de licencia para brindar servicios de radiodifusión -algo expresamente
prohibido por la actual ley 22.285-, la decisión en mayoría
pretende impedir que las empresas prestadoras de servicios públicos,
también lo sean de radiodifusión. Excepto que sean cooperativas.
La salvedad pretende dejar fuera a las grandes firmas de capital extranjero,
como Edenor, Edesur, Telefónica o Telecom porque, de acuerdo a
los legisladores que avalan esta postura, complicaría la llegada
de nuevos actores.
Sin embargo, los diagnósticos vuelven a coincidir con relación
a los requerimientos que habría que solicitarle a aquellas entidades
que también ofrezcan servicios públicos, como: llevar la
contabilidad y la facturación por separado, no incurrir en prácticas
anticompetitivas (subsidios cruzados) y permitir a sus competidores el
acceso a sus infraestructuras.
Otro punto polémico es el relacionado con los requisitos que se
les pedirán a las sociedades sin fines de lucro para ingresar en
el mercado. El dictamen en mayoría establece que, si se presentan
en una localidad donde no haya otro prestador se le otorgará el
permiso una vez cumplidas las obligaciones legales; pero si existe otra
firma que efectivamente preste servicios en la misma zona, el Comité
Federal de Radiodifusión (COMFER) hará una análisis
del escenario “que contemple la situación particular del
mercado atendiendo el interés de los usuarios y clientes”.
En estos casos también deberá observarse las posiciones
dominantes que pudieran tener las sociedades no comerciales.
En cambio, el segundo diagnóstico no hace hincapié en las
pautas para otorgar la licencia, sino que fija limitaciones; o sea, una
vez proporcionadas las mismas. Pero de acuerdo a sus detractores, esta
concepción dejaría en una situación de vulnerabilidad
por ejemplo a las pymes, que se verían inmediatamente en inferioridad
de condiciones frente a sus predecesoras, que las aventajarían
en equipos y cableado.
Vuelta
atrás con un apartado
El inciso
a) del artículo 1°, que había sido aceptado en el dictamen
en minoría, fue retirado de la versión final que se presentará
en el debate. Durante los días posteriores, se llegó a la
conclusión que su implementación era prácticamente
imposible.
El texto obligaba a las cooperativas a duplicar su propia infraestructura,
para funcionar legalmente, pues expresaba que, en caso de que el licenciatario
fuera además prestador de una prestación en la misma área,
ambos debían operar con redes separadas “mientras no se reglamente
la convergencia de servicios de radiodifusión con otros servicios
públicos”. Por eso el párrafo fue retirado, pues no
permitía por ejemplo, que las compañías que quisieran
ofrecer servicio de cable dispongan de su propio tendido.
Pero más allá de las diferencias entre ambos dictámenes,
una fuente de diputados que presenció las discusiones, comentó
que en el fondo, las incompatibilidades no son ideológicas, sino
políticas. Es decir que son usados como forma de presión.
En este sentido, es posible que las discrepancias desaparezcan en los
próximos días, e incluso arriesgan al 27 de octubre como
fecha tentativa para tratar el proyecto en el recinto. Tampoco se descarta
que algunos legisladores “se cambien de bando” en el momento
en que se lo trate en la Cámara Baja y es posible que se incluyan
propuestas que no formaron parte de los dictámenes, como modificar
la redacción para acentuar el bien común como criterio a
ser considerado por el COMFER.
Así se estaría en condiciones de obtener los dos tercios
necesarios para enviar el texto a la Cámara de Senadores. Allí,
el bloque oficialista asegura que las conversaciones están avanzadas
y que existe la intención de facilitar su tratamiento. Y la misma
suerte correría en el Ejecutivo.
Con todo, la expectativa es que en el transcurso de este año la
propuesta se convierte en ley.
Pero no todos los sectores se muestran tan confiados.
La Federación Argentina de Radiodifusores (FARA) expresó
su preocupación, en una carta dirigida a los legisladores, firmada
por Fernando Brondo y José Murad, presidente y secretario de la
institución: “Mientras la Comisión de Comunicaciones
e Informática de la Cámara de Diputados, avanza con la redacción
del nuevo 45, en la de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad
de Expresión de Senadores, ha tenido dictamen favorable el proyecto
de ley ´expediente Nº 106/04, Jenefes y otros´, que pretende
convertir en delito de tipo penal la emisión no autorizada y, en
consecuencia, reprimir con penas de hasta un año de prisión
a todos aquellos que no cuenten con autorización legal”.
Como sea, es la primera vez que Diputados está en condiciones de
tratar un proyecto de ley de Radiodifusión bajo un régimen
de Gobierno libre. El resto de las enmiendas o cambios que sufrió
la reglamentación, sancionada en 1980, fueron concretadas a través
de decretos.
Pero esta vez, pareciera que la presión de la comunidad, que hace
tiempo reclaman una norma en democracia y la decisión de la clase
política empiezan a resolver la cuestión.
En los últimos meses, las Comisiones de Comunicaciones e Informática
y de Libertad de Expresión recibieron y escucharon los reclamos
de representantes de diferentes sectores, quienes llevaron sus pretensiones;
y en septiembre, un grupo de organizaciones y profesionales vinculados
con los medios de comunicación presentaron en la Casa Rosada 21
principios (firmados por más de 1200 personas, organismos de derechos
humanos y asociaciones ligadas a la radiodifusión, entre otros)
para ser atendidos por los legisladores. En esa oportunidad, Oscar Parrilli,
secretario General de la Presidencia, reconoció que la ausencia
de esta norma “era una deuda“ con la sociedad.
Con
el lenguaje de la dictadura
El tercer
dictamen, aprobado por unanimidad y casi sin disidencias, se refiere a
los artículos 7, 72 y 96, cuyo proyecto principal pertenece al
diputado Miguel Bonasso. Todos ellos tienen en común una impronta
autoritaria, que se desprende de la denominada “Doctrina de Seguridad
Nacional” confeccionada por el Gobierno de facto, que ahora se aspira
a desterrar.
En los casos del artículo 7 y 72, referidos a la difusión
de noticias conectadas con la seguridad interior, se plantea su definitiva
derogación.
En lo que concierne al 96, proponen su transformación. Hasta ahora
se leía: “El Comité Federal de Radiodifusión
será un organismo autárquico, con dependencia del Poder
Ejecutivo Nacional. Su conducción será ejercida por un directorio
formado por un presidente y seis vocales designados por el Poder Ejecutivo
Nacional a propuesta del organismo que representan”.
La intención es hacer que la máxima autoridad del organismo
de control siga siendo elegida por el propio Ejecutivo Nacional; pero
que tres vocales sean designados por la Cámara de Diputados y la
otra mitad por el Senado.
Finalmente, se espera que en el pleno de comisiones se apruebe el proyecto
de ley de creación del Sistema Nacional de Medios Públicos,
denominado Radio y Televisión Argentina (RTA).
De esta manera, de acuerdo al razonamiento de los legisladores que lo
impulsan, si a la sanción de los dictámenes se le suma la
formación de RTA, el camino quedará allanado para avanzar
en el 2005, sobre una nueva ley de Radiodifusión en democracia.
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