Las
sociedades sin fines de lucro podran brindar TV y telefonia
Diputados
sancionó la reforma del artículo 45
En
una larga jornada, los legisladores de la Cámara Baja modificaron
los requisitos para el otorgamiento de licencias de radiodifusión.
Ahora, las cooperativas y ONG no tendrán inhibición alguna.
Asimismo, derogaron los artículos 7 y 72, y cambiaron la letra
del 96, destinados a preservar “la seguridad nacional”, de
acuerdo a como la entendía el último Gobierno militar.
Después
de 21 años sin cambios, la Cámara de Diputados aprobó
con modificaciones, la reforma del artículo 45 de la ley 22.285,
que permitirá a cooperativas, mutuales y organizaciones no gubernamentales
ser dueñas de permisos en radiodifusión.
La variación se sumó a la del artículo 96, aprobado
en octubre, que entre otras novedades, estableció que el Comité
Federal de Radiodifusión (Comfer) estará integrado por siete
miembros designados por el Poder Ejecutivo y el Congreso.
El presidente de la Comisión de Comunicaciones e Informática,
Osvaldo Nemirovsci fue el primero en hablar en la sesión del 10
de noviembre que trató la regulación de las licencias: “La
modificación del 45 es el eje sobre el que se basa el concepto
filosófico de la ley de la dictadura”, aseguró.
El representante de Río Negro impulsó el dictamen en mayoría,
que fue acompañado por gran parte de Convergencia y del ARI, entre
otros; mientras que el de minoría, fue apoyado por fuerzas como
Recrear, la UCR, Izquierda Unida y Fuerza Republicana.
Sin embargo, algunos de los que se oponían terminaron brindando
su consentimiento. En este sentido, la delegada de la UCR, Margarita Stolbizer,
justificó el “cambio de bando” en la necesidad de no
demorar más la inclusión de las cooperativas. Si bien sostuvo
que la “norma no resiste más modificaciones parciales”.
Finalmente, la iniciativa fue aprobada por las dos terceras partes de
los presentes, con 146 votos a favor, 2 en contra y 10 abstenciones.
Las negociaciones
Entre
las modificaciones que se introdujeron al texto original figuran la del
artículo 1°, que establece los requisitos para ingresar en
el mercado.
Allí se fija que si el solicitante es una sociedad sin fines de
lucro prestadora de servicio público se le otorgará el permiso
(siempre que no haya en la localidad otro prestador) una vez cumplidas
las obligaciones legales; pero si existe otra firma que efectivamente
ofrezca prestaciones en la misma zona, el COMFER hará una análisis
del escenario “que contemple la situación particular del
mercado atendiendo el interés de los usuarios y clientes”.
Pero esta parte final fue transformada, a petición de Héctor
Polino (ARI), por ”que contemple la situación particular
del mercado atendiendo el interés de la población”.
La intención fue darle un marco más preciso a la entidad
de control. En este sentido, Federico Pinedo, (Compromiso para el Cambio),
destacó que la institución presidida por Julio Bárbaro
“se ha caracterizado por no resolver los problemas” y que
además “a pesar de que la Corte Suprema de Justicia de la
Nación ha dicho hace años que las cooperativas pueden tener
licencias, se ha negado a otorgarlas”.
En cambio, no se admitió la sugerencia de Miguel Bonasso (Partido
de la Revolución Democrática) de que en el inciso h) se
reemplacé el actual 10 por ciento por el 5, en el porcentaje límite
de los accionistas mayoritarios de las personas jurídicas prestadora
de servicio público, que pueden obtener permisos.
Tampoco se consideraron las observaciones relacionadas con el inciso f)
que se refiere a la participación internacional.
“No entiendo por qué los extranjeros no pueden invertir en
radiodifusión en la Argentina. Propuse que si una sociedad extranjera
detentara más del 30 por ciento del capital social o tuviera poder
controlante por medio de la cantidad de votos, debería ser obligada
a brindar el 50 por ciento de sus contenidos en formatos nacionales”,
apuntó Mauricio Bossa (Unión del Centro Democrático).
Por su parte, Pinedo se quejó de la “mezcla” de las
personas físicas, las personas jurídicas, los integrantes
de los órganos de administración y fiscalización
y los integrantes de determinadas personas jurídicas. Pues “resulta
la paradoja de que quienes administren una cooperativa tengan que ser
argentinos y quienes administren una sociedad anónima puedan ser
extranjeros”, subrayó.
Si se determina, entre los requisitos, que las personas físicas
y jurídicas deberán “ser argentinos nativos y naturalizados
con una antigüedad de cinco años y mayor de edad” para
poder participar de los procesos licitatorios.
Además, deberán “tener idoneidad cultural acreditada
que pueda ser objetivamente comprobada, capacidad patrimonial acorde con
su inversión y poder demostrar el origen de sus fondos, y no estar
incapacitados o inhabilitado civil o penalmente para ejercer el comercio,
ni condenado por delito doloso”.
”Al modificar sólo un pequeño aspecto se está
ratificando la ley. No se quiere cuestionar este grave problema que enfrenta
la humanidad con el monopolio de los medios de comunicación”,
aseguró Luis Zamora (Autodeterminación y libertad), quien
votó en contra.
Por su parte, el Foro Argentino de Radios Comunitarias (FARCO) y la asociación
Cooperar acercaron a algunos diputados un documento que, entre otras cosas,
decía que las aspiraciones del sector se veían satisfechas
en el dictamen de mayoría.
Al finalizar el tratamiento, los dirigentes del movimiento cooperativo
se paseaban por los pasillos reconfortados y abrazándose con algunos
políticos.
“Escuchar a los legisladores reivindicar está corrección
de la ley de radiodifusión que fue tan nefasta para el movimiento
cooperativo argentino, realmente es una enorme satisfacción. Si
bien hay otros sectores marginados, el que enfrentó la defensa
de los legítimos derechos es el sector cooperativo, más
precisamente COOPERAR y la Cámara Argentina de Cooperativas, Mutuales
y Prestadores Comunitarios de Radiodifusión (CARCO), que siempre
dispusieron de sus estructuras y de sus dirigentes para llevar está
causa adelante”, expresó el presidente de COOPERAR y FECOTEL,
Juan Carlos Fissore.
Ahora, la posta quedó para los senadores, quienes deberán
reunir también los dos tercios de los presentes para imponer el
texto que rechazaron los diputados o aceptar la modificación.
Cambios en el COMFER
Asimismo
se sancionó el proyecto de ley que propone modificar el artículo
96, derogar el 7 y el inciso a) del 72 de la 22.285, todos ellos marcados
por la política de seguridad interior del Gobierno militar.
El 20 de octubre se dio el visto bueno al dictamen que contenía
los cambios, que ahora también espera la definitiva sanción
en la Cámara Alta.
En lo que concierne al 96, la controversia está en relación
a la disposición que indica que el COMFER debe estar conformado
por representantes de las Fuerzas Armadas.
Con la modificación aprobada por los legisladores, el ente de control
será un organismo autárquico, con dependencia del Poder
Ejecutivo Nacional. Su conducción será ejercida por un Directorio
formado por un presidente y seis vocales, designados por el Ejecutivo
Nacional, que deberá explicitar públicamente los criterios
de su elección; durarán dos años en sus funciones
y podrán ser nombrados nuevamente por otros períodos iguales.
En los casos del artículo 7 y 72, referidos a la difusión
de noticias conectadas con la seguridad interior, se logró su definitiva
derogación. El primero, establecía que “los servicios
de radiodifusión deberían difundir la información
y prestar la colaboración que les sea requerida, para satisfacer
las necesidades de la seguridad nacional. A esos efectos el Poder Ejecutivo
Nacional podrá establecer restricciones temporales al uso y a la
prestación de todos los servicios previstos por esta Ley”.
Por su parte, la segunda norma, en su primer inciso, fija que los titulares
de los servicios de radiodifusión deben realizar transmisiones
sin cargo en los casos de seguridad nacional.
Sin
novedades para el SNMP
En
cambio fue suspendido el plenario de las Comisiones destinado a dar el
visto bueno al proyecto de ley de formación del Sistema Nacional
de Medios Públicos (SNMP), denominado Radio y Televisión
Argentina (RTA) y cuyo puntapié inicial fue dado por la ex diputada
Irma Parentella.
La reunión estaba prevista para el 21 de octubre y se iba a realizar
en forma conjunta con las Comisiones de Comunicaciones e Informática,
de Libertad de Expresión y de Presupuesto y Hacienda, pero por
razones de agenda de ésta última no se realizó.
Ante la nueva situación, parece poco probable que se avance en
una reforma integral de la 22.285 para este año. Osvaldo Nemirovsci
afirmó en el recinto que esperaba concretarlo en el 2005.
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