PRESIDENCIA DE LA NACION
COMITE FEDRAL DE RADIODIFUSION
Bs. As., 9/4/2001
VISTO el expediente N° 2235.00.0/99 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y
CONSIDERANDO:
Que el expediente citado en el "Visto" se relaciona con la solicitud de adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia Categoría "E", en la localidad de CORRIENTES, provincia homónima.
Que por Resolución N° 0883-COMFER/99, se adjudicó a la señora DALIA ELISA CANTELORO una licencia para la prestación del servicio aludido en el párrafo precedente, identificada con la señal distintiva "LRH 404".
Que mediante el dictado de la Resolución N° 9-SC/99 de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION se suspendieron por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles administrativos, los efectos de las Resoluciones por las cuales el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION adjudicó licencias de estaciones de frecuencia modulada, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto N° 310/98.
Que asimismo se dispuso la revisión de las adjudicaciones y el examen por parte de este organismo de la legitimidad de los procesos y actos vinculados con la normalización.
Que al efecto, se habilitó un registro de denuncias en el ámbito de la entonces Dirección General de Asuntos Jurídicos y Licencias de este organismo, a fin de que durante el transcurso del plazo de revisión de las adjudicaciones, se pueda acceder en consulta a las actuaciones que dieron lugar a los actos suspendidos y se efectúen las presentaciones correspondientes, reglamentándose el funcionamiento del mencionado registro por Resolución N° 1364-COMFER/99.
Que la norma citada estableció un procedimiento especial con participación de los administrados en el contralor de la legalidad de los actos de la Administración y, en el marco de una política de transparencia inspirada en el criterio establecido por el Art. 45 de la Constitución Nacional, habilitó a todo interesado a presentar las denuncias que estimare corresponder, a fin de contribuir al saneamiento de los actos administrativos de adjudicación de licencias cuestionados.
Que mediante Resolución N° 931 -COMFER/00 de fecha 18 de septiembre de 2000, se procedió a revocar por ilegitimidad su similar N° 883-COMFER/99 en virtud de encontrarse esta última afectada de nulidad absoluta e insanable.
Que con fecha 16 de marzo de 2001 es recibida en este COMITÉ FEDERAL una notificación proveniente del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 4, Secretaría N° 7, dictada en los autos caratulados “CANTELORO DALIA ELISA C/COMFER RES.931/00, 1364/99, 5/00 Y22/00 Y OTROS S/PROCESO DE CONOCIMIENTO” en la que se dispone lo siguiente: “...conceder la medida cautelar solicitada, hasta que culmine el presente pleito. En consecuencia se ordena al COMFER se abstenga de adjudicar la frecuencia 94.1 MHz., Canal 231, identificada con la señal distintiva LRH 404 de la localidad de Corrientes, provincia homónima, que hoy detenta el actor...”. Fdo: Dr. Osvaldo C. Guglielmino (Juez Federal).
Que ante la orden judicial que dimana de la medida mencionada esta intervención no puede desconocer el alcance de la misma, correspondiendo el dictado de un acto administrativo que suspenda los efectos de la Resolución N° 931-COMFER/00, a través de la cual se procedió a revocar la adjudicación de la referida licencia a la señora DALIA ELISA CANTELORO, hasta tanto subsista la medida cautelar recaída en las actuaciones judiciales citadas en el considerando precedente.
Que la Dirección General Asuntos Legales y Normativa ha tomado la intervención que le compete y ha emitido el correspondiente dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 98 de la Ley N° 22.285 y el Decreto N° 98 del 21 de Diciembre de 1999.
Por ello,
EL INTERVENTOR EN EL
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE;
ARTICULO 1° - Suspéndense los efectos de la Resolución N° 931 –COMFER/00, a través de la cual se procedió a revocar la adjudicación a la señora DALIA ELISA CANTELORO, de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operaría en el canal 231, Frecuencia 94.1 MHz., Categoría E, identificada con la señal distintiva "LRH 404", en la localidad de CORRIENTES provincia homónima, hasta tanto subsista la medida cautelar dictada en los autos mencionados en los considerandos.
ARTICULO 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y cumplido ARCHIVESE (PERMANENTEy. - Dr. GUSTAVO F LOPEZ, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.
e, 17/4 NC 348.027v. 17/4/2001svaldo C. Guglielmino (Juez Federal).