COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION
Bs.As., 11/9/2000
VISTO el Expediente Nº350.00.0-COMFER/99 y su anexo
Expediente Nº350.01.0-COMFER/99, y
Por ello,
EL
INTERVENTOR EN EL COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:
ARTICULO
1º.- Recházase en todos sus términos la denuncia interpuesta por el señor JOSE MARIA CANTOS,
respecto de la propuesta efectuada por FM DEL CIELO S.R.L. (e.f.) en el presente
concurso y de la Resolución Nº799-COMFER/99 por las razones expuestas en los
considerandos de la presente.
ARTICULO 2º.- Levántase la suspensión dispuesta por Resolución Nº9/99 de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN respecto de la Resolución Nº799-COMFER/99, y en consecuencia confírmase en sus términos en virtud de los cuales se procedió a adjudicar a FM DEL CIELO S.R.L., integrada por el señor PABLO RAFAEL CASTIGLIONE (D.N.I. Nº18.260.030) y la señora MERCEDES GRACIELA CAZAUX de CASTIGLIONE (D.N.I. Nº10.010.647), una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el Canal 269, Frecuencia 101.7 MHz., Categoría D, identificada con la señal distintiva “LRK 337”, de la ciudad de SANTIAGO DEL ESTERO, provincia homónima, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4º inc. a) del Decreto Nº310/98, conforme lo expuesto en los considerandos.
ARTICULO 3º.- Regístrese, publíquese, dése a la
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, cumplido ARCHÍVESE (PERMANENTE). FDO. Dr. GUSTAVO F. LOPEZ. Comité Federal de Radiodifusión.