COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION
BUENOS
AIRES, 11 SEPTIEMBRE 2000
VISTO
el Expediente Nº 187.00.0-COMFER/99, su anexo Expediente Nº 187.01.0-COMFER/99,
y
Por ello,
EL
INTERVENTOR EN EL COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:
ARTICULO 1º. - Recházase en todos sus términos la denuncia interpuesta por LT32 RADIO CHIVILCOY respecto de la propuesta efectuada por el señor, NESTOR CESAR BERRUTI en el presente concurso y de la Resolución Nº 1221-COMFER/99 por las razones expuestas en los considerandos de la presente.
ARTICULO 2º. - Levántase la suspensión dispuesta por la Resolución Nº 9/99 de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN respecto de la Resolución Nº 1221-COMFER/99, y en consecuencia confírmase en sus términos en virtud de los cuales se procedió a adjudicar al señor NESTOR CESAR BERRUTI (D.N.I. Nº12.152.245) una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el Canal 228, Frecuencia 93.5 MHz., Categoría D, identificada con la señal distintiva “LRI431”, de la localidad de CHIVILCOY, provincia de BUENOS AIRES, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4º inc. a) del Decreto Nº 310/98, conforme lo expuesto en los considerandos.
ARTICULO
3º.- Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y, cumplido ARCHÍVESE (PERMANENTE). FDO. Dr. GUSTAVO F. LOPEZ. Comité
Federal de Radiodifusión.