COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION
Bs.As.,
11/9/2000
VISTO
el Expediente Nº197.00.0-COMFER/99, su anexo Expediente Nº 197.01.0-COMFER/99,
y
Por ello,
EL
INTERVENTOR EN EL COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Levántase la suspensión dispuesta por la Resolución Nº9/99 de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN respecto de la Resolución Nº492-COMFER/99, y en consecuencia confírmase en sus términos en virtud de los cuales se procedió a adjudicar a “SILVERIO HORACIO BURGUEÑO una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el Canal 235, Frecuencia 94.9 MHz., Categoría D, identificada con la señal distintiva “LRI434”, de la localidad de DOLORES, provincia de BUENOS AIRES, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4º inc. a) del Decreto Nº310/98, conforme lo expuesto en los considerandos.
ARTICULO
2º.- Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y, cumplido ARCHÍVESE (PERMANENTE). FDO. Dr. GUSTAVO F. LOPEZ. Comité
Federal de Radiodifusión.