COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION
Resolución 0829/00
Bs. As., 13/9/2000
VISTO el expediente del registro del COMITÉ FEDRAL DE RADIODIFUSION
Nº 235.00.0/99, y su anexo Expediente Nº 235.01.0/99, y
Por ello,
EL INTERVENTOR EN EL COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Revócase por ilegitimidad la Resolución Nº975-COMFER/99 por la que se adjudicó a la firma COMPAÑÍA DE RADIODIFUSION DE LA COSTA ATLANTICA S.A., integrada por los Sres. Ernesto REPUN (DNI Nº 4.137.628), Marcos PERALTA RAMOS (L.E. Nº 4.186.279), Clara María MINVIELLE (L.C. Nº 3.529.523), Alicia BUJNOWSKI (D.N.I. Nº 6.363.108), Daniel MANARINO (D.N.I. Nº 12.453.455), Jorge Lisandro LOMBARDO (D.N.I. Nº 24.251.878) y Silvia Noemí BUJNOWSKI (D.N.I. Nº 5.496.168), una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la Categoría D, la que operaría en la frecuencia 98.9 Mhz., Canal 255, identificada con la señal distintiva "LRI 797", en la localidad de MIRAMAR, provincia de BUENOS AIRES, por las razones expuestas en los considerandos.
ARTICULO 2º.- Dispónese la substanciación de un nuevo concurso público para la adjudicación de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia Categoría D, Canal 255 en la localidad de MIRAMAR, provincia de BUENOS AIRES, el que oportunamente será convocado por este COMITÉ FEDERAL.
ARTICULO 3º.- Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido ARCHÍVESE (PERMANENTE). FDO. Dr. GUSTAVO F. LOPEZ. Comité Federal de Radiodifusión.