COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION
Resolución 0895/00
BUENOS
AIRES, 15 SEPTIEMBRE 2000
VISTO
el Expediente Nº 1084.00.0-COMFER/99, y
Por ello,
EL
INTERVENTOR EN EL COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Levántase la suspensión dispuesta por la Resolución Nº 9/99 de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN respecto de la Resolución Nº 1243-COMFER/99, y en consecuencia confírmase en sus términos en virtud de los cuales se procedió a adjudicar a PAMPA TV S.A. integrada por los señores Antonio NEMESIO (L.E. Nº 7.333.707), Horacio Antonio NEMESIO (D.N.I. Nº 11.866.413), Jorge Ricardo NEMESIO (D.N.I. Nº 14.664.482), Luis Alberto NEMESIO (D.N.I. Nº 16.354.664) y Rubén Omar NEMESIO (D.N.I. Nº 18.562.932), una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el Canal 280, Frecuencia 103.9 MHz., Categoría E, identificada con la señal distintiva “LRG 338”, de la localidad de GENERAL PICO, provincia de LA PAMPA, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4º inc. b) del Decreto Nº 310/98, conforme lo expuesto en los considerandos.
ARTICULO
2º.- Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y cumplido ARCHÍVESE (PERMANENTE).