PRESIDENCIA
DE LA NACION
COMITE
FEDERAL DE RADIODIFUSION
General de la Presidencia de la Nación.
Bs. As., 11/11/2002
VISTO la Ley N° 25.565, la Decisión Administrativa N° 19, del 27 de marzo de 2002, los Decretos N° 1184, del 20 de setiembre de 2001 y N° 491, del 12 de marzo de 2002, y lo solicitado por el COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION dependiente de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Pública
Nacional para el Ejercicio 2002.
Que por el artículo 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, se dispuso que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública centralizada o descentralizada en cargos de la Planta Permanente y no Permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera sea su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que a fin de asegurar el cumplimiento de los cometidos asignados al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, dependiente de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION es de fundamental importancia la celebración de contrataciones de locaciones de servicios, en los términos del Decreto N° 1184/01 con personas especializadas, a fin de fortalecer y asegurar su eficaz desenvolvimiento.
Que dichas contrataciones están comprendidas en los créditos asignados al citado organismo aprobados por la Ley N° 25.565 y la Decisión Administrativa N° 19, del 27 de marzo de 2002.
Que las personas cuya contratación se propone reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que en cada caso se indican, habiéndose dado cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N° 4 de fecha 15 de marzo del 2002. Que el presente Decreto se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491, del 12 de marzo de 2002.
Por
ello.
EL
PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° - Apruébanse las contrataciones de personal celebradas bajo el régimen del Decreto N° 1184/01, del COMITE FEDERAL DE RAD!ODIFUSION dependiente de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA. DE LA NACION, que se detallan en la planilla que como Anexo 1 forma parte integrante del presente Decreto, por los períodos y montos mensuales y totales indicados en la misma.
Art. 2°- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Entidad 102, Inciso 1, Partida Principal 2, Partida Parcial 7, correspondiente al Programa 1, Actividad 1 del presupuesto vigente.
Art. 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. - DUHALDE. - Jorge R. Matzkin.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo 1. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).