Opinión
La
opción por la Dictadura y los negocios corporativos
*Por
el doctor Julio Raffo <jraffo@arnet.com.ar>
El marco
normativo de la radiodifusión en la Argentina –que no merece
la denominación de “ley” por su origen espurio, su
naturaleza dictatorial y las enmiendas que le fueron introducidas a requerimiento
del mejor postor- no satisface las necesidades de la sociedad.
Ello ha sido señalado, una vez más, por la reciente y formidable
declaración de la Federación de los Trabajadores de la Comunicación
(FETRACOM) sobre políticas públicas de comunicación
y, en especial, sobre la necesidad de una nueva ley de Radiodifusión.
Hay consenso generalizado en la sociedad respecto a la necesidad de una
nueva ley de Radiodifusión. Siempre hubo un fundado y legítimo
reclamo para que las entidades sin fines de lucro puedan acceder a las
licencias.
El concepto respecto de la naturaleza de la radiodifusión ha sido
integrado en forma definitiva al ámbito de los Derechos Humanos
y sólo las dictaduras invocan normas jurídicas para desconocer
esos derechos fundamentales de las personas.
Los Derechos Humanos se deben ejercer con las normas, sin las normas o
contra las normas, cuando ellas los cercenan, los impiden o los silencian.
Y es por esa razón, y con esa legitimidad, surgieron en nuestro
país las radios alternativas o comunitarias.
Por ello la “...preocupación ante anuncios, actitudes y algunos
llamativos silencios que, en el campo de las políticas públicas
de la radiodifusión, podrían representar la continuidad
de un proceso iniciado durante la última dictadura militar...”
expresada por la FETRACOM debe entenderse como un urgente llamado a la
movilización para remover los obstáculos que impiden la
aplicación, en este sector, de los mismos principios de saneamiento,
transparencia y defensa del interés nacional que el Poder Ejecutivo
ha impulsado, con decisión, en la casi totalidad de las demás
esferas de Gobierno.
Resulta llamativo, sino hipócrita, que los mismos intereses que
invocan la “ley” vigente para señalar lo que consideran
la “ilegalidad” de las emisiones de muchas radios comunitarias,
actúen ilegalmente modificando los parámetros técnicos
bajo los cuales las licencias les fueron concedidas, aumentando sin permiso
la potencia de emisión, trasladando antenas, dejando de cumplir
el perfil de la programación que fuera la base de la concesión,
transfiriendo o adquiriendo la explotación comercial de emisoras
bajo múltiples disfraces jurídicos, violando sistemáticamente
el horario de protección al menor o el régimen publicitario,
dejando de cumplir con las sanciones pertinentes, acumulando indebidamente
licencias.
Recuerdo un diálogo con un significativo representante de una radio
que reclamaba por la pretendida “ilegalidad” de las emisoras
alternativas a quién le señalara que su emisora incurría
en notoria ilegalidad por emitir con una potencia muchas veces superior
a la autorizada, a lo cual me respondió sorprendido: “si
no lo hacemos así, no llegamos a nuestra audiencia...”, a
lo cual le respondí: “sucede exactamente lo mismo con las
emisoras alternativas, si no realizan sus emisiones así, ellas
tampoco llegan a su audiencia”.
Para que todos encuentren su lugar dentro de los parámetros de
una ley justa, generada democráticamente, con la participación
de los protagonistas de la radiodifusión y los sectores interesados
en ella, es imperioso retomar con urgencia los trabajos legislativos para
que tengamos una marco legal actualizado y comprensivo de los intereses
de la sociedad argentina toda.
Mientras tanto, es responsabilidad del Poder Ejecutivo aplicar de inmediato
el criterio sustentado por la Suprema Corte al declarar la inconstitucionalidad
del artículo 45 de la “ley” 22.285 y para ello tiene
a su alcance el instrumento idóneo –y nunca tan justificado-
como son los decretos de “necesidad y urgencia” para proceder
a su derogación.
Obstaculizar el ya avanzado proceso de generar una nueva ley de radiodifusión
configura una opción por los valores y criterios de la dictadura
y en favor de los intereses que se beneficiaron y se benefician con la
inexistencia de una ley democráticamente generada, en la cual los
intereses de la sociedad encuentren cabida y tutela, y los intereses monopólicos
encuentren límites.
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