¿La
licencia y después que?
Por
el ingeniero Nestor Colavita
* gerente de Sintel Electronica
Ya
muchos radiodifusores fueron adjudicados con una licencia para la explotación
del servicio de radiodifusión en FM y AM, y es bueno repasar algunos
conceptos ya que luego se requiere de dos tramites más, para la
habilitación definitiva.
Otorgada la licencia se notifica al radiodifusor por nota, que en un plazo
de 90 días, debe presentar el proyecto técnico definitivo.
Esta carpeta técnica, que tendrá que estar de acuerdo a
la categoría asignada, y a todos los parámetros en que fue
otorgada, se presenta ante el Comfer por triplicado. El trabajo debe ser
realizado por un ingeniero matriculado en el Copitec con incumbencias
en el tema.
En este sentido, el Comfer y la CNC analizan el trabajo, en donde pueden
surgir observaciones que deberán ser corregidas, para lo cual se
notifica al licenciatario. De no tener observaciones, también se
notifica, otorgando al radiodifusor un plazo de 90 días para la
presentación de la habilitación técnica definitiva.
Lograda la habilitación, el licenciatario deja de abonar el seguro
de caución. Este es otro trabajo distinto al de la carpeta técnica
y consiste en una inspección por profesional habilitado a la emisora.
El objetivo es corroborar que todo lo indicado en la carpeta técnica
sea veraz. En tanto, se realizan mediciones de potencia, frecuencia, coordenadas
geográficas con GPS, etc. A esto sigue un trabajo de campo, en
torno a la radio en el contorno protegido. Es una medición del
campo eléctrico que emite la antena, y se ejecuta sobre ocho radiales.
El relevamiento luego se trasladará a la carta topográfica
del lugar, trazando así el diagrama de irradiación de la
emisora en el contorno protegido de 80 o 60 Dbuv, dependiendo de la categoría.
Este trabajo implica la participación de un ingeniero matriculado
en el Copitec, con instrumental específico, indispensable para
la tarea en cuestión. Vatímetros, cargas fantasmas, frecuencímetros,
analizador de espectros, medidor de campo con antena calibrada, GPS, osciloscopio,
pinzas amperometricas, analizador de redes e impedancias etc. Y será
necesario para una correcta evaluación.
Para la habilitación definitiva, es indispensable que el licenciatario
cuente con transmisor homologado, balizamiento de antena, puesta a tierra
del pararrayos y equipamiento, si existe enlace estudio planta, la habilitación
del mismo por la CNC, entre otros puntos.
Demás esta decir que al radiodifusor, no le agrada todo este tramite,
pues está deseando cortar con los gastos que le ha llevado la licencia,
más la carpeta técnica y ahora la habilitación.
No obstante, esta última tarea en muchos casos ha sido bien capitalizada,
ya que las radios por lo general desconocen el estado real de la potencia
radiada efectiva o PRE: Transmisor, línea, sumador, antena y el
resultado de la habilitación o inspección técnica
será un indicador de fallas, que habrá que corregir, para
optimizar la perfomance del sistema.
En muchos casos, radios con igual equipamiento y antena, tienen diferentes
coberturas, y es porque no se analiza el campo radiado, que es el dato
más importante en toda la cadena.
Hay sistemas que emiten deficientes, con pérdidas en líneas,
arnés fuera de fase, dipolos en mal estado, dieléctricos
partidos etc. Todo ello origina un área de cobertura menor a la
máxima posible, y por lo general , se quiere atacar este fenómeno
incrementando la potencia del transmisor, que es la peor solución,
la mas costosa, en consumo energético, e inversión en equipamiento.
Otro tema que se presenta en las grandes ciudades, es la contaminación
electromagnética, en donde el nivel de ruido es tan elevado que
las emisoras se recepcionan mal, salvo aquellas que a fuerza de kilovatios
logran una buena relación señal-ruido. Pero la subsistencia
las pone en falta, pues para lograr ser escuchadas incrementan su potencia
y se pasan de la categoría asignada.
La idea acá, es medir primero la señal de ruido existente
con la portadora de la radio apagada, luego encender la misma y analizar
la relación entre ambas. Si ésta relación es deficiente,
entonces el licenciatario tendrá un argumento sólido para
exigirle al Estado, Comfer, CNC, que cumpla con lo indicado en la norma,
y proteja a la emisora ante interferencias, la relación será
de 26 Db para categorías A B C y D y 20 Db para las E F y G.
Solo con habilitación definitiva el radiodifusor tendrá
el derecho a este tipo de denuncias. Por lo tanto, es importante en la
habilitación realizar esta tarea, para un uso posterior. Quienes
obtuvieron una licencia luego de mucho penar, tendrán un derecho
y lo deberán hacer valer -luego de ser habilitados-, en exigirle
al Estado que cumpla con la normativa, en cuanto a protección sobre
interferencias.
Para mayor información pueden escribir a sintel@ciudad.com.ar
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