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El Secretario General resuelve:

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Opinion

El Secretario General resuelve:

Por Horacio Felipe Martinelli*

Nada de lo que ocurre en materia de radiodifusión empezó ayer o antes de ayer, ni siquiera es el producto de hechos y circunstancias ocurridas en los últimos años. Si nos preguntamos cuál es la radiodifusión que merece nuestro país comparándola con la que realmente tenemos, no podremos evitar dirigir nuestra mirada hacia el pasado para tratar de determinar los motivos de tal decadencia, analizar responsabilidades y responsables para evitar las mismas incorrecciones.
No es posible consentir, ni mantener el silencio, ante la reiteración de errores, ante la persistencia caprichosa de criterios que ya fueron desechados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Es necesario hacer un balance, recorrer a vuelo de pájaro la historia de los últimos años de la radiodifusión en la Argentina, detenernos en los
numerosos escritos, programas e ideas muchas veces contradictorias, aún durante la misma gestión de gobierno, para no reiterar políticas que fracasaron durante anteriores gestiones en COMFER.
La historia de la radiodifusión, es también la historia de la gente del medio, de los administrados y sus permanentes frustraciones ante un organismo que desprecia sus derechos.
Para no remontarnos tanto en el análisis, observemos las últimas gestiones al frente del Organismo de aplicación, y comprenderemos la razón por la cual a través de los años sus cuadros administrativos se volvieron descreídos. Los funcionarios aunque entrañables en el dialogo directo y afectos a las ideas creativas, se comportan autoritariamente cuando actúan como miembros de la estructura organizacional, aceptan la arbitrariedad como parte de su lógica y ya ni siquiera manifiestan que tal o cual medida es errada, prefieren no comprometerse, desapareció la escuela, los antecedentes serios, se olvidó la premisa de fundar en derecho las decisiones, se abandonó el respeto irrestricto a las garantías constitucionales de los administrados, sólo importa satisfacer la voluntad de la autoridad de turno.
Observamos el pasado reciente, comprenderemos la razón de un nuevo fracaso. La semana pasada se conoció la Resolución 311 de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación que suspende las resoluciones 124/02 y 215/04 hasta que se expida el Servicio Jurídico permanente de dicha Secretaría de Estado.
Las dos resoluciones cuyos efectos fueron suspendidos aprobaron en su oportunidad los pliegos de bases y condiciones generales y particulares que rigen los tramites de concurso público y de adjudicación directa en el marco del Régimen de Normalización de Estaciones de Frecuencia Modulada.
De inmediato surge la pregunta, cual es el fundamento de tal decisión, teniendo en cuenta que era inminente un nuevo llamado a concurso en todo el país para la adjudicación de licencias de radiodifusión sonora, tal lo anunciado por las autoridades del sector.
La respuesta es sencilla, la Corte Suprema de Justicia en varios fallos condenatorios contra el COMFER, dispuso entre otras cosas “que la prohibición legal del artículo 45 párrafo primero, resulta violatoria de los artículos 14, 16, 28, y 75 inc. 23 de la Constitución Nacional y del art. 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”(el párrafo primero del artículo 45 de la ley de radiodifusión es el que limita el derecho de obtener licencias de radiodifusión a las personas jurídicas que no son sociedades comerciales).
El alto Tribunal sostuvo que “...excluir de un modo absoluto, sin sustento en un criterio objetivo y razonable, a determinadas personas jurídicas de la posibilidad de acceder a una licencia de radiodifusión por no haberse constituido en una sociedad comercial, importa en definitiva una irrazonable limitación al derecho de expresarse libremente y de asociarse o no hacerlo”.
Ante la claridad de la doctrina que emana de los fallos del máximo Tribunal de la Nación, era de esperar que el Comité Federal hubiera modificado sus decisiones y gestionado la modificación del artículo 45 de la ley para que puedan concluir favorablemente los trámites para obtener licencias de radiodifusión que desde hace años sostienen las personas jurídicas que no se constituyeron como sociedad comercial y para que ellas puedan participar libremente en los futuros concursos.
Esto no ocurrió, pero esta vez para suerte de los administrados, el Secretario General conoce y aplica el derecho.

*abogado, especialista en radiodifusión


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